Page 25 - ISALUD Número 73 Julio 2020
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archivos de las recetas en papel es-
taba previsto en la ley vieja de far-
macias, pero no se preveía ninguna
forma de archivo en formato digi-
tal. Entonces, agregamos a la ley de
farmacia esa modificación.
Por último, también tuvimos
que modificar la ley de psicotró-
picos que preveía que toda su
trazabilidad, desde la importa-
ción hasta la dispensa, fuese en
papel. Debimos modificar eso
para que quede acorde.
Ese fue el proyecto que presenta-
mos en octubre. Nunca nos imagi-
namos que la pandemia lo iba a po-
ner en agenda tan rápido. Incluso, Foto archivo
una de las primeras medidas que
el Ministerio de Salud de la Nación “No cualquier práctica puede Además, agregamos una modi-
tomó, a través de una resolución, ser por teleasistencia, y ficación a la ley de psicología,
fue permitir la prescripción a través no se pueden vulnerar los dado que los psicólogos también
de formatos electrónicos mientras derechos del paciente ni emplean mucho la teleasistencia.
dure la pandemia. Si bien lo hace la confidencialidad de sus Entonces, hicimos que la teleasis-
a través de fotografías de prescrip- datos. Todo este proceso debe tencia sea compatible con la psi-
ciones en papel mandadas por sis- ser hecho en plataformas cología, siempre y cuando la au-
tema digitales, de alguna manera autorizadas, no cualquier toridad de aplicación autorice qué
mostró la enorme necesidad que llamada o cualquier formato de prácticas y en qué plataforma se
tenía la Argentina. telecomunicaciones que hoy puede llevar adelante.
En el momento de presentarlo empleamos para hablar entre Después, se trabajó con las distin-
surgió la necesidad, debido a la amigos es compatible para tas federaciones y confederaciones
pandemia, de ponerle algún nivel generar una consulta médica” de farmacias, que son múltiples,
de control a la teleasistencia. La y tuvimos algunas situaciones. Y
teleasistencia en la Argentina no podemos revisar cuáles fueron las
tenía impedimentos legales, pero dudas que surgieron a lo largo del
no estaba de ninguna manera re- cualquier práctica puede ser por proceso y que fuimos aclarando.
gulada. No había ninguna ley que teleasistencia, y no se pueden vul- Uno de los interrogantes era si este
pusiera alguna autoridad de apli- nerar los derechos del paciente ni proyecto de alguna manera iba a
cación para regular el tema de la la confidencialidad de sus datos. permitir la venta de medicamen-
teleasistencia. Todo este proceso debe ser he- tos fuera de las farmacias. Esto
Nuestra ley suma la teleasistencia cho en plataformas autorizadas, surgió porque un artículo dice que
a la ley de ejercicio de la medicina no cualquier llamada o cualquier las prescripciones digitales podrán
como una práctica más de los mé- formato de telecomunicaciones emplearse en todos aquellos luga-
dicos, pero agregando que esas que hoy empleamos para hablar res de dispensa de medicamentos
prácticas deben ser avaladas por entre amigos es compatible para autorizados por la autoridad sani-
la autoridad de aplicación. No generar una consulta médica. taria de la jurisdicción. ¿Esto por
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