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del derecho de objeción de conciencia, de la persona gestante, luego de la
deberán prever y disponer la deriva‑ semana catorce de gestación y sin
ción a un efector que realice efectiva‑ mediar las causales del artículo 86
mente la prestación y que sea de simi‑ del Código Penal.
lares características al que la persona n En el artículo 85 bis penaliza a los fun‑
solicitante requirió. cionarios públicos y a las funcionarias
En relación con la cobertura, las pres‑ públicas o los o las agentes de salud
taciones establecidas en la ley se in‑ que dilaten injustificadamente o se ne‑
cluyen en el Programa Nacional de garan a realizar la práctica en contra‑
Garantía de Calidad de la Atención vención a la normativa vigente.
Médica y en el Programa Médico Obli‑ n El artículo 86 excluye del Código Pe‑
gatorio (PMO) con cobertura total, jun‑ nal al aborto con consentimiento de
to con las prestaciones de diagnóstico, la persona gestante, hasta la semana
medicamentos y terapias de apoyo. catorce, inclusive, de gestación. Lue‑
Tanto los efectores públicos y las obras go, reitera las causales vigentes en el
sociales como las empresas y entida‑ Código Penal desde el año 1921, con
des de medicina prepaga deberán ins‑ las aclaraciones efectuadas por el
Fallo F.A.L y los estándares interna‑
A SU VEZ, ESTABLECE QUE AQUELLOS EFECTORES DE SALUD cionales de derechos humanos.
DEL SUBSECTOR PRIVADO O DE LA SEGURIDAD SOCIAL n El artículo 88 se modificó la pena
QUE NO CUENTEN CON PROFESIONALES PARA REALIZAR
LA PRÁCTICA DEBIDO AL EJERCICIO DEL DERECHO DE respecto a la persona gestante que
OBJECIÓN DE CONCIENCIA, DEBERÁN PREVER Y DISPONER causare su propio aborto o consin‑
LA DERIVACIÓN A UN EFECTOR QUE REALICE EFECTIVAMENTE tiere que otro lo causare por fuera
LA PRESTACIÓN Y QUE SEA DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS de las previsiones legales de esta
AL QUE LA PERSONA SOLICITANTE REQUIRIÓ ley. Se establece una pena de prisión
de tres meses a un año y que podrá
trumentar las medidas y ejecutar los disponerse la eximición de la pena,
cambios necesarios para garantizarlas. cuando las circunstancias hicieran
También incluye en la responsabili‑ excusable la conducta.
dad del Estado Nacional, las Provin‑
cias, la Ciudad Autónoma de Buenos En resumen, la nueva Ley 27.610 de
Aires y los Municipios, implementar Interrupción Voluntaria del Embarazo,
la Ley 26.150 de Educación Sexual establece un nuevo punto de partida
Integral, con políticas activas para la para el acceso a derechos sexuales y
promoción y el fortalecimiento de la reproductivos. Un punto de inflexión,
salud sexual y reproductiva de toda la producto del trabajo de las redes fe‑
población. Deberán, además, capacitar ministas y transfeministas, Socorristas
a los y las docentes y a integrantes de en Red, la Red de Acceso al Aborto
equipos de salud y funcionarias y fun‑ Seguro (Redaas), la Redes de Profesio‑
cionarios públicos. nales por el Derecho a Decidir, inves‑
Por último, se establecen modificacio‑ tigadoras, la Campaña por el Derecho
nes en el Código Penal: al Aborto Legal Seguro y Gratuito, le‑
gisladoras, feminismos populares, la
n El artículo 85 penaliza a quien rea‑ marea verde en las calles y voluntad
lice un aborto, con consentimiento política.
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