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to de internación involuntaria es decidi-
                                                                     do por el equipo interdisciplinario ante
                                                                     el diagnóstico de una situación de riesgo
                                                                     “cierto e inminente”. Para plantearlo de
                                                                     esta  manera  se  modificó  el  Código  Civil
                                                                     del  siglo  XIX,  que  fundamentaba  la  in-
                                                                     ternación en la “peligrosidad”. Sucede que
                                                                     peligroso es una condición, no un estado
                                                                     y por ende  se podía  suponer una  condi-
                                                                     ción permanente ligada al diagnóstico y
                                                                     sostener indefinidamente la privación de
                                                                     libertad.
                                                                     En cambio, el riesgo cierto e inminen-
                                                                     te para sí o terceros, es un momento de
                                                                     descompensación o de crisis, en el que se
                                                                     supone que la persona no puede hacer uso
                                                                     de su capacidad de decisión, y entonces
          de actores fundamentales en la implemen-  “En nuestro país   corresponde la internación involuntaria
          tación de la Ley.  Y se restauró también la                como medida terapéutica provisoria a los
          Comisión Interministerial de Salud Mental.  tenemos provincias   fines  de  su  compensación  y  retorno  a  la
          Por supuesto, queda muchísimo por delan-  que ya habían    comunidad. El equipo interdisciplinario
          te y hace poco el Poder Ejecutivo Nacional                 debe contar por lo menos con un psicó-
          anunció la Estrategia Federal de Abordaje   iniciado procesos de   logo o un psiquiatra.  Una vez decidida la
          de la Salud Mental que incluiría un incre-                 internación involuntaria, se debe notificar
          mento presupuestario y la Provincia de  reformas, como Río   al juez y al Órgano de Revisión.

          Buenos Aires ha encarado una importante   Negro y San Luis, y   El juez autoriza la internación, puede pe-
          reforma destinada, entre otros objetivos, a                dir ampliación de informes e inclusive de-
          cumplir con la apertura de las grandes ins-  otras como Neuquén   negarla.  Ambas  medidas  de  notificación
          tituciones asilares manicomiales e ir pro-  no contaban con   están dirigidas a garantizar los derechos
          gresivamente reintegrando a sus internos a                 de la persona en una situación excepcio-
          la comunidad, a la par que se habilitan esos   grandes instituciones   nal y contemplan recaudos para evitar su
          establecimientos para cuidados de salud de                 prolongación innecesaria. En ese mismo
          las comunidades y actividades de integra-  psiquiátricas   capítulo se prohíbe la creación de nuevas
          ción. También se están potenciando los ser-  estatales. Se avanzó   instituciones monovalentes públicas o
          vicios de salud mental en hospitales gene-                 privadas y se establece que las internacio-
          rales y la atención en crisis. Los problemas  en la consolidación   nes deben realizarse en hospitales gene-
          son muchos y en un contexto de pandemia   de algunas de sus   rales, que deberán contar con los recursos
          y crisis resulta todo más complejo.                        necesarios.
                                                herramientas
          –¿Qué debemos saber                                        –¿Cuál es el rol de la familia
          sobre las condiciones                 como el Órgano de    en un contexto como el
          para una internación?                 Revisión”            de la salud mental?
          –El Capítulo VII, la Ley regula las interna-               –Aprendí mucho con las organizaciones
          ciones, y en su artículo 20 el procedimien-                de familiares y usuarios. Los familiares



                                                                                       Revista ISALUD  19
                                                                         VOLUMEN 17—NÚMERO 83—JULIO 2022
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