Page 68 - ISALUD Número 72 Mayo 2020
P. 68
– – Describir los aspectos médico legales relacionados al ejer- que, independiente al marco legal actual, debe respetarse la
cicio de la medicina intercultural. cultura, y todas las definiciones que incluyan el concepto cita-
– – Investigar sobre la jurisprudencia actual relacionada al ejer- do, entre ellas, el respeto a su forma de cuidado en relación a
cicio de la medicina intercultural en comunidades originarias. la salud, que incluye, además del plano físico, el plano espiri-
– – Incorporar experiencias personales de ejercicio profesional tual. Actualmente existe un proyecto de ley nacional que trata
en comunidades originarias. la temática y está en constante discusión.
aspectos médico legales en el discusión
ejercicio de la medicina intercultural
El artículo 208 de la Ley número 11.179 expone: “Será repri-
La legislación es estricta en cuanto a la definición de ejercicio mido con prisión de quince días a un año: 1) El que, sin título ni
legal de la medicina, no da lugar a conjeturas ni confusiones. autorización para el ejercicio de un arte de curar o excediendo
Sin embargo, para diversos autores, la cuestión aquí no pasa los límites de su autorización, anunciare, prescribiere, adminis-
simplemente por fiscalizar una actividad regulada, con lími- trare o aplicare habitualmente medicamentos, aguas, electri-
tes precisos, aceptada y continuamente evaluada, sino que se cidad, hipnotismo o cualquier medio destinado al tratamiento
trata además de comprender una “forma de vida” basada en de las enfermedades de las personas, aun a título gratuito; 2)
costumbres que benefician a la sociedad. El que, con título o autorización para el ejercicio de un arte de
En el artículo que se titula “En la Argentina se recurre a 35 curar, anunciare o prometiere la curación de enfermedades a
tipos de terapia”, la doctora Anatilde Idoyaga Molina, directo- término fijo o por medios secretos o infalibles; 3) El que, con tí-
ra del Centro Argentino de Etnología Americana, explica que, tulo o autorización para el ejercicio de un arte de curar, prestare
desde las grandes ciudades hasta los pueblos más pequeños, su nombre a otro que no tuviere título o autorización, para que
los argentinos recorren hasta 35 tipos de terapias: seleccionan ejerza los actos a que se refiere el inciso 1 de este artículo.”
y combinan medicamentos, pero la cantidad y el tipo depende Del análisis de los incisos precedentes surgen dos definicio-
de cada región, el nivel socio económico, y las diferencias cul- nes que se enmarcan dentro del Código Penal:
turales y étnicas. Actualmente, se realiza un mapa argentino – – Curanderismo: cometido por la persona que sin título
de uso de la medicina y se expone que son las personas de habilitante o autorización para el ejercicio de un arte de
mayores recursos socioeconómicos las que usufructúan con curar, o excediendo los límites de su autorización, anun-
mayor frecuencia de estas terapias alternativas, que van des- ciare, prescribiere, administrare o aplicare habitualmente
de la medicina tradicional hasta el chamanismo y el reiki como medicamentos, agua, electricidad, hipnotismo o cualquier
tratamientos curativos. medio destinado al tratamiento de las enfermedades de las
En el mismo artículo, el doctor Roberto Campos Navarro, mé- personas, aun a título gratuito. Nótese que la ley exige ha-
dico y antropólogo de la Universidad Nacional Autónoma de bitualidad, que no se da en un acto esporádico. Además, no
México, opina que el trabajo de realización del mapa mencio- es necesario que se cobre por la prestación.
nado está centrado en los enfermos y en sus decisiones, que – – Charlatanismo: cometido por la persona que con título o
no son al azar, sino racionales y coherentes para cada uno de autorización para el ejercicio de un arte de curar, anunciare
ellos. Además, se debe reconocer que en América Latina exis- o prometiere la curación de enfermedades a término fijo
ten diversas opciones terapéuticas, por lo que hay que pensar por medios secretos o infalibles.
en políticas de salud que no estén centralizadas en una única
práctica médica legalizada cuando la gente usa esas opciones. Prohibiciones de los médicos,
En Argentina no existen aún leyes que protocolicen y establez- artículo 20 de la ley número 17.132
can pautas terapéuticas reconocidas como “legales” para la
medicina intercultural. Sin embargo, de la evaluación de los a) Anunciar o prometer la curación fijando plazos.
diferentes artículos citados a lo largo del trabajo se concluye b) Anunciar o prometer la conservación de la salud.
68