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Género





          Parto humanizado








          ¿dónde estamos?











                      Por Ana Speranza
                      La premisa con la que se trabaja desde
                      el Ministerio de Salud en el marco de los

                      derechos sexuales y reproductivos es que “toda

          persona tiene derecho a un embarazo planificado, a

          un control prenatal integral y de calidad, y a un parto

          seguro y humanizado con enfoque intercultural”


                n los últimos 20 años se ha realizado un am‑  – – Ley Nacional 26.061 que crea el Sistema de Protec‑
                plio recorrido en un hecho que es el que per‑  ción Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y
         Emite a la humanidad crecer y renovarse. A          Adolescentes (2005),
          partir de la lucha por ampliar derechos, los grupos   – – Ley Nacional 26.485 que crea el Sistema de Pro‑
          feministas y las mujeres en general han replanteado   tección Nacional para Prevenir, Sancionar y
          conceptos sobre la maternidad, cambios culturales   Erradicar las Violencias Contra las Mujeres en el
          profundos que aún no han llegado a todos, pero en   ámbito que desarrollen sus relaciones interper‑
          los  que  se  avanza  sin  tregua.  Argentina  cuenta  con   sonales (2009),
          una vasta legislación en materia antidiscriminatoria,   – – Ley Nacional 26.529 de Derechos del Paciente (2009)
          de establecimiento de los derechos humanos y contra   – – Ley Nacional 26.618 de Matrimonio Civil o conocida
          las violencias hacia las mujeres y personas gestantes.   como Ley de Matrimonio Igualitario (2010),
            Existe un amplio marco de derechos de las mujeres   – – Ley Nacional 26.743 de Identidad de Género (2012),
          y el colectivo de la diversidad sexual. Entre ellos des‑  – – Ley Nacional 26.862 de Fertilización Asistida (2013), y el
          tacamos:                                          – – Nuevo Código Civil y Comercial (2015).
           – – Ley Nacional 25.673 de Salud Sexual y Procreación
            Responsable (2002),                            Además, el 24 de enero de 2021 entró en vigor en todo
                                                           el país la Ley 27.610 que regula el acceso a la interrup‑
          La autora es médica pediatra, directora nacional de Salud Materno
          Infantil del Ministerio de Salud de la Nación. Es especialista en   ción voluntaria del embarazo y a la atención postabor‑
          Sistemas de Salud y Seguridad Social (ISALUD)    to. Las disposiciones de la ley son de orden público por

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