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Perspectiva de géneros y diversidades en Echegoyemberry, MN; Rojo, Paula B;
los servicios de salud ¿Por qué y para qué? Lamagni, S; de Cruz, PJ; Alderete, M; Garrido, J
como los estereotipos de género, las leyes discriminato- te a la “violencia contra las mujeres”. En varios ámbitos
rias, y los requisitos en materia probatoria”. continúan utilizando “violencia intrafamiliar” o “violen-
A partir de estas recomendaciones se creó no sólo nor- cia de género”, ello según OPS (2000) implica “la resis-
mativa, procedimientos sino también institucionalidad tencia de los sectores políticos nacionales a aceptar la
(órganos de seguimiento y monitoreo de las recomen- existencia, gravedad y dinámicas propias de las formas
daciones, órganos encargados de vigilar la aplicación de de violencia que se ejercen contra las mujeres”.
tratados y mandatos de procedimientos especiales). n Recomendación General Nº 21 del Comité CEDAW
n Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casa- sobre igualdad en el matrimonio (1994). Reafirma los
da (1958) Resolución 1040 (XI. Anexo) derechos fundamentales de las mujeres en el seno de la
n La Convención sobre el consentimiento para el ma- familia. Los Estados Parte reconocerán la igualdad de la
trimonio, la edad mínima y el registro de los matrimo- mujer ante la ley con el hombre (art. 15 y 16).
nios (Resolución 1763 A (XVII), anexo (1964) y Resolu- n Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer - Beijing
ción 2018 (XX) (1995) Dispone que se creará una Plataforma de Acción
n El Pacto Internacional de Derechos Económicos, que tiene por objeto mejorar la situación de todas las
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Sociales y Culturales (PIDESC) (1976) La CEDAW es- mujeres, sin excepción .
tablece que los gobiernos deben hacer todo lo que pue- n La Recomendación General Nº 24 del Comité de CE-
dan hacer para que las niñas y mujeres sean tratadas de DAW (1999) sobre la Mujer y la Salud, dispone que la
manera igual. Los gobiernos deben asegurar que nada negativa de un Estado Parte a prever la prestación de
impida a las niñas y mujeres gozar de sus derechos 36 determinados servicios de salud reproductiva a la mu-
n La Convención sobre la Eliminación de Todas las jer en condiciones legales resulta discriminatoria. En
Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) términos generales, esta recomendación dispone que
(1979 -entró en vigor en 1981-). Esta Convención consa- los Estados Partes, deberían ejecutar una estrategia na-
gra todos los derechos que permiten la vida libre de la cional amplia para fomentar la salud de la mujer duran-
mujer con exclusión de toda forma de discriminación, te todo su ciclo de vida. Asimismo, asignar suficientes
consagra los derechos de las mujeres a ser valoradas, recursos presupuestarios, humanos y administrativos
educadas libres de patrones estereotipados, al recono- para garantizar que se destine a la salud de la mujer una
cimiento, goce, ejercicio y protección de los derechos parte del presupuesto total de salud comparable con la
humanos y libertades establecidos en la Convención y de la salud del hombre. 40
demás Tratados Internacionales 37 n Protocolo de Palermo (2002) En el año 2002 Argentina
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n Las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro ratifica el “Protocolo de Palermo” que tiene por objetivo la
para el adelanto de la mujer (1985) Establecen medidas prevención, represión y sanción de la Trata de personas,
para lograr la igualdad de género a nivel nacional y pro- especialmente de mujeres y niños/as. En el año 2008, san-
mover la participación de la mujer en los esfuerzos de ciona la ley 26.364 para combatir el delito de trata y brindar
paz y desarrollo. asistencia a las víctimas (luego es modificada por la Ley
n Convención Interamericana para Prevenir, Sancio- 26.846/2012). La Ley 26364 incorpora el delito de Trata de
nar y Erradicar la violencia contra la Mujer. Conven- Personas a nuestro ordenamiento jurídico interno.
ción “Belém do Pará” (Adoptada en Belém do Pará, n Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia sobre
Brasil, el 9 de junio de 1994) . Se puede mencionar que grupos vulnerabilizados (2008). Las presentes Reglas
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la Convención de Belém do Pará refiere específicamen- tienen como objetivo garantizar las condiciones de ac-
35. Disponible en: https://www.unicef.org/gender/files/UNICEF-CEDAW_SP_Web.pdf CIDH: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r30352.pdf
36. Disponible: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/23782/norma.htm
37. Disponible en: https://www.unicef.org/gender/files/UNICEF-CEDAW_SP_Web.pdf CIDH: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r30352.pdf
38. Disponible: https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/BelemDoPara-ESPANOL.pdf
39. Disponible en https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/BDPfA%20S.pdf
40. Disponible en Entre otras cuestiones.https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/1280.pdf
41. Disponible: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/trata-de-personas/normativa-contra-la-trata-de-personas
Revista ISALUD 83
VOLUMEN 18—NÚMERO 88—AGOSTO 2023