Page 82 - Revista Isalud Nro 88
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Echegoyemberry, MN; Rojo, Paula B; Perspectiva de géneros y diversidades en Perspectiva de géneros y diversidades en
Lamagni, S; de Cruz, PJ; Alderete, M; Garrido, J los servicios de salud ¿Por qué y para qué? los servicios de salud ¿Por qué y para qué?
me a entre otras condiciones, el género de las personas. manos, un hito fundamental lo constituye la Convención
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n Ley 26.657 (2010) Salud Mental . En su artículo 3º sobre la eliminación de todas las formas de discrimina-
prohíbe la realización de diagnósticos de Salud Mental ción contra la mujer (Convención CEDAW) y su Protocolo
con base excluyente en “Elección o identidad sexual”. Facultativo, así como la Convención interamericana para
n Ley 26.061 (2005) Protección Integral de los Dere- prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mu-
chos de las Niñas Niños y Adolescentes . Reconoce a jer (Convención de Belém do Pará). En esta convención se
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los NNyA como sujetos de derechos, define el Interés dispuso que la violencia contra las mujeres se constituye
Superior de NNyA, y el derecho a ser oídos/as. en una violación de los derechos humanos. Desde 1989 en
n Ley 26.994 (2014) Código Civil y Comercial de la Na- la Recomendación General Nº 12 se aborda el tema de la
ción . En su artículo 26º se definen los parámetros del violencia contra las mujeres.
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ejercicio del derecho a la salud de NNyA. En 1992 en la Recomendación General Nº 19, la CE-
DAW estableció que la discriminación contra la mujer
2. Normativa internacional en materia incluye todo tipo de violencia por razones de género,
de género y diversidad aplicable al esta es “la dirigida contra la mujer porque es mujer o
ordenamiento jurídico nacional que la afecta en forma desproporcionada”. Esos obstá-
Los derechos de las mujeres han sido reconocidos en nu- culos se producen y re-producen en un contexto estruc-
merosos instrumentos internacionales de derechos hu- tural de discriminación y desigualdad, debido a factores
32. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175977/norma.htm
33. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm
34. Disponible en: http: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm#6
Gráfico 2. Línea cronológica leyes a nivel internacional
en materia de género y diversidad
PIDESC (1976): Pacto Plan de Acción sobre Género CDB
Internacional de derechos (Convenio sobre la Diversidad
económicos, sociales y Beijing (1995): Cuarta Biológica) (2015-2020)
culturales. Condiciones justas Conferencia Mundial Agenda sobre Desarrollo
y favorables de trabajo sobre la Mujer Sostenible (2015-2030)
CEDAW (1979): Convención Ley 24.632/96: Aprobación de Principios de Yogyakarta (2016)
sobre la Eliminación de la Convención Belém do Pará Reglas de Brasilla
Todas las Formas de Recomendación General Nº 24 (2008): Acceso a la Recomendación CEDAW
Discriminación contra la Mujer. del Comité de CEDAW (1999) justicia sobre grupos sobre Derechos de las
Entró en vigor en 1981 Sobre la mujer y la salud vulnerabilizados Mujeres Rurales (2016)
Estrategias de Nairobi (1985)
1975 1980 1985 1990 1995 2000 2005 2010 2015 2020
Ley 23.592/88: Protocolo de Palermo (2002)
Actos discriminatorios
Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Convención “Belém do Pará”(1994):
Casada (1958) Resolución 1040 (Xl. Anexo) Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar
Convención sobre el consentimiento para el la Violencia contra la Mujer
matrimonio, la edad mínima para contraer
matrimonio y el registro de los matrimonios Recomendación General Nº 21
(1964) del Comité CEDAW (1994):
Resolución 1.763 A (XVII), anexo y Resolución 2018 Igualdad en el Matrimonio
Fuente: Elaboración propia
82 Revista ISALUD
VOLUMEN 18—NÚMERO 88—AGOSTO 2023